Editor: Lic. Andrés Vera Córdova

 

Región Piura

Ayabaca

Huancabamba

Morropón

 Paita

Piura

Sechura

Sullana

Talara

ATRIBUCIONES DE LOS GOBIERNOS REGIONALES

 

ATRIBUCIONES

Los órganos de Gobierno de las Regiones, son dos: La Presidencia Regional y el Consejo Regional. Se ha utilizado en la normativa el modelo del Gobierno Nacional para replicar las funciones, atribuciones y responsabilidades. La Presidencia Regional es el órgano ejecutivo y tiene en las gerencias la parte operativa de las competencias que ejercen los Gobiernos Regionales. El Consejo Regional es similar al Congreso de la República y sus competencias son de carácter legislativo y fiscalizador.

En el caso de los Consejos Regionales emiten Ordenanzas las cuales tienen jerarquía de Ley. Están integrados por consejeros elegidos directamente por votación popular para un período de cuatro años, correspondiéndole a cada provincia un representante y de existir una cantidad mayor a las provincias, se aplica la cifra repartidora.

Una tercera instancia cumple funciones de coordinación y cooperación; es el caso de los Consejos de Coordinación Regional los cuales se constituyen con la incorporación de la Sociedad Civil Organizada. Si bien es cierto que el objetivo es bueno, por el momento no se ve el aporte de la sociedad en la construcción efectiva, y eficiente de las Regiones. A continuación detallamos las atribuciones que corresponden al Consejo Regional y a la Presidencia Regional de acuerdo a la normatividad existente:

CONSEJO REGIONAL

  1. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

  2. Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional.

  3. Aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal.

  4. Aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios.

  5. Aprobar su Reglamento Interno.

  6. Fijar la remuneración mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros.

  7. Declarar la vacancia y suspensión del Presidente, Vicepresidente y los Consejeros.

  8. Autorizar, conforme a Ley, las operaciones de crédito interno y externo incluidas en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y solicitadas por el Presidente Regional. Las operaciones de crédito externo se sujetan a la Ley de Endeudamiento Público.

  9. Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional.

  10. Aprobar la creación, venta, concesión o contratos, disolución de sus empresas y otras formas empresariales, bienes y/o activos regionales, conforme a la Constitución y la Ley.

  11. Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional.

  12. Proponer ante el Congreso de la República las iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia.

  13. Proponer la creación, modificación o  supresión de tributos regionales o exoneraciones, conforme a la Constitución y la Ley.

  14. Aprobar el Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales.

  15. Aprobar el plan de competitividad regional, los acuerdos de cooperación con otros gobiernos regionales e integrar las estrategias de acciones macrorregionales.

  16. Definir la política permanente del fomento de la participación ciudadana.

  17. Aprobar el plan regional de desarrollo de capacidades humanas y el programa de desarrollo institucional.

  18. Proponer y desarrollar acciones de integración fronteriza de conformidad con los Convenios y Tratados Internacionales, en acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

  19. Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley.

PRESIDENCIA REGIONAL

  1. Dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos.

  2. Proponer y ejecutar el Presupuesto Participativo Regional aprobado por el Consejo Regional.

  3. Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de confianza.

  4. Dictar Decretos y Resoluciones Regionales.

  5. Dirigir la ejecución de los planes y programas del Gobierno Regional y velar por su cumplimiento.

  6. Administrar los bienes y las rentas del Gobierno Regional.

  7. Dirigir, supervisar, coordinar y administrar las actividades y servicios públicos a cargo del Gobierno Regional a través de sus Gerentes Regionales.

  8. Aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de las dependencias administrativas del Gobierno Regional.

  9. Disponer la publicación mensual y detallada de las estadísticas regionales.

  10. Suscribir convenios o contratos con la cooperación técnica internacional, con el apoyo del Consejo Nacional de la  Descentralización, y de otras entidades públicas y privadas, en el marco de su competencia.

  11. Celebrar y suscribir, en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y sólo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional.

  12. Convocar y presidir las sesiones del Consejo Regional y del Consejo de Coordinación Regional.

  13. Presentar su Informe Anual al Consejo Regional.

  14. Presentar la Memoria y el Informe de los Estados Presupuestarios y Financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional.

  15. Promulgar las Ordenanzas Regionales y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional.

  16. Presentar al Consejo Regional:

    1. El Plan de Desarrollo Regional Concertado.

    2. El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual.

    3. El Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales.

    4. El Programa de Competitividad  Regional.

    5. El Programa Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas.

    6. El Programa de Desarrollo Institucional.

    7. Las propuestas de acuerdos de cooperación con otros gobiernos regionales y de estrategias de acciones macrorregionales.

  17. Proponer  al Consejo las iniciativas legislativas.

  18. Proponer y celebrar los contratos de las operaciones de crédito interno y externo aprobadas por el Consejo Regional.

  19. Promover y celebrar convenios con instituciones académicas,  universidades y centros de investigación públicos y privados para realizar acciones de capacitación, asistencia técnica e investigación.

  20. Promover y participar en eventos de integración y coordinación macrorregionales.

  21. Proponer, ejecutar las estrategias y políticas para el fomento de la participación ciudadana.

  22. Las demás que le señale la ley.